En esta clase incidimos un poco mas en el campo de los permisos remunerados recordando lo anteriormente mencionado en la entrada anterior .Añadimos casos puntuales como que dentro de los dias aplicados a enfermedades graves ( dos dias prorrogables a 4 por desplazamiento) no estan incluidas situaciones como acompñar a un familiar al medico, todo esto claro esta salvo que el convenio colectivo lo contemple.
Hablamos de la existencia de empresas , en este caso de una sociedad cooperativa llamada Mondragon que cubre a sus empleados de servicios sanitarios privados y similares .. asumiendo este coste a cambio de que los mismos no esten bajo la tutela de la Seguridad Social y del Servicio Sanitario Público.Es lo que denominamos una Estandarizacion de Servicios . El profesor insiste en que hay que ser coherente con la realidad en este ambito y en la idiosincracia del ser humano. ( lo legal a veces no es lo justo y lo coherente a veces no se ajusta a la realidad, por lo que las decisiones han de ser tomadas teniendo en cuenta muchas variables, legales y no legales.)
Finalmente entramos en un pequeño coloquio acerca de la presunta idea de la privatizacion de empresas publicas, de ña privatizacion de empresas que siendo privadas fueron reflotadas al hacerse cargo el estado y reconvertirlas en publicas, de la eficacia de la sanidad publica frente a la privada y de sus excesos.En mi opinion y pese a los recortes sanitarios y a su lentitud, sigo pensando que es uno de los mejores sistemas sanitarios europeos e imcluso mundiales,mejorable como no , y mucho , pero satistactorio si tenemos en cuenta la realidad economica y social que actualmente vivimos.
lunes, 26 de noviembre de 2012
domingo, 25 de noviembre de 2012
22 de Noviembre
Continuamos en esta clase hablando sobre el papel del
trabajador nocturno dentro del Estatuto de los Trabajadores.Se nos hace
hincapié en la prevención de riesgos laborales ya expuesta en el real decreto
de los trabajadores 488-1997 del 14 de abril que en realidad no especifica la
realidad de estos trabajadores de jornada nocturna. Si en el INSHT (Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene de los Trabajadores) existen unas guías
técnicas que reflejan situaciones especificas para determinadas reglamentaciones,
pero no las especifica a ningún trabajo concreto.
Según el articulo 37 la Adaptación ha de ser del puesto de
trabajo a la persona, no al revés.Esto “chirría” por su incoherencia.Si la
jornada nocturna es perjudicial para la salud no se evita, sino simplemente se
aumentan los chequeos médicos.El problema esta en relacionar directamente una
enfermedad por la jornada horaria en la que la persona ejerce su profesión.
Sólo la casusuística puede usarse como respuesta o respaldo
a favor del trabajador.
Otro punto que destacamos en esta clase es que (al igual que
en contabilidad) en gestión tanto a nivel publico como privado a de prevalecer
el principio de prudencia. Ejemplificamos esto con el caso de Noruega y de sus
grandes beneficios recogidos gracias a las extracciones petrolíferas y de la utilización de estos para un Fondo de
Inversión para Futuras Generaciones.
Otra referencia a destacar en esta clase ha sido la
necesidad en época de crisis la polivalencia por parte del empleado de la necesidad de formación del mismo y que sea capaz de equipararse a nuevas
tendencias y situaciones.
Continuando con la normativa se establece, en general, que
el descanso semanal mínimo ha de ser de un DIA y medio (es decir domingo entero
y medio DIA del sábado o domingo y medio
DIA del lunes) y con la posibilidad de acumularse a tres días por dos semanas
de jornada continua (11 días trabajando y tres de descanso).
Las fiestas no excederán de 14 horas anuales y entendiendo
estas a nivel nacional :
Navidad-Año
Nuevo-12 de Octubre-1 de Mayo
Están también recogidas dos fiestas locales.Ademas de estas
14 puede haber una quinceava fiesta pero si remunerable para la empresa.
Se establecen también quince días por Matrimonio, dos por
Fallecimiento de una familiar de primera línea consanguínea ampliable a cuatro si hay desplazamiento y
uno por traslado de l domicilio habitual o en caso de obligación como en el
caso de formar parte de una mesa electoral con el detalle de que la remuneración
pecuniaria percibida por estos tipos de casos ha de ser restada del
salario que en teoría percibiría en su
trabajo.
lunes, 19 de noviembre de 2012
Lunes 19 de Noviembre
En el dia de hoy seguimos haciendo incapié en la Jornada
aplicable al trabajador nocturno, el cual debido a su horario y salvo indique
lo contrario el convenio colectivo, “ gozara” de ciertos beneficios o bien pecuniarios o en días de descanso por vacaciones. Al mismo
tiempo y en determinados oficios tendrá que ser objeto de mayor vigilancia
sanitaria:
“ La vigilancia de la
Salud será prioritaria para trabajadores en régimen nocturno “.
“ El nivel de Seguridad de los trabajadores de jornada nocturna
será “equivalente ( en función del riesgo que conlleve) al de sus compañeros en
turno de día”.
Dado que dicho trabajador salvo por Adscripción voluntaria
no debe trabajar en jornada Nocturna durante mas de quince días este pasara a
otro/s turnos de horario diurno o partido pero nunca nocturno durante un
periodo determinado y siempre desempeñando el mismo puesto de trabajo a poder
ser, o si no, similar al que ejercía y bajo conocimento de este.
Los trabajos nocturnos deberán pasar un chequeo médico bien
previo a su primer dia de trabajo ,bien a a quel trabajador que en turno diurno lo pasen al
nocturno o bien durante su periodo de prueba.En el segundo de los casos, si el
trabajador no supera el chequeo no estará sujeto a despido por ello.Por otra
parte los trabajadores de turno de noche que durante su ejercicio enfermen
pasaran a turno de dia ( Art.39-41).Por ello y tras la reforma se entiende una
Adaptacion de trabajo a la persona y no de la persona al trabajo)
En un segundo plano y haciendo referencia a casos puntuales
comenzamos un pequeño coloquio en el que
dejamos claro que una buena maraca es aquella que se mantiene fiel a sus
principios a su idea prefijada o sencillamente haciendo de su diferencia una
Ventaja Competitiva frente a l resto, y que , para ello y pese a la necesidad
de ir cambiando o innovándose dia a dia , ese proyecto de Marca mantenga
una Imagen Fiel a lo largo del tiempo
por lo que la paciencia y los proyectos a medio plazo son los que al final mas
se ajustan a esta idea.
sábado, 17 de noviembre de 2012
15 Noviembre
En esta clase nos ocupamos básicamente de dos planos:
Primero hablamos sobre la importancia del recibo de los salarios (la nomina) reflejada en el estatuto de los trabajadores en que debe estar desglosada cada una de las partidas …salario bruto, deducciones,dietas…Todo esto es un recibo para el trabajador y es un seguro para el ante posibles reclamaciones o sencillamente para hacer una declaración de la renta correcta.
Tambien hablamos sobre el trabajo nocturno , definido este como aquella jornada en la que el empleado ejerce su jornada habitual la menos durante tres horas en la franja horaria comprendida entre la 22:00 y las 6:00, así como aquel empleado del que se prevea que un tercio de su computo anual laboral trabaje en dicha franja.Normalmente esta jornada suele tener un salario superior al diurno porque entre otros motivos entraña problemas en el ritmo cicadiano del empleado , con los consiguientes problemas sociologicos-familiares que inplica este horario, al mismo tiempo que posibles enfermedades de caracter ansilitico,cardiaco, o mental que pueden surgir.
En segundo lugar, hacemos un pequeño debate acerca de la crisis reinante de su/s posible/s responsables y tras ella casi todos estamos de acuerdo en que el ciudadano de a pie debe ser muy riguroso en qué firma, qué supone lo que firma y que si no entendemos algo se nos explique y aclare por escrito y en terminos claros.
En segundo lugar, hacemos un pequeño debate acerca de la crisis reinante de su/s posible/s responsables y tras ella casi todos estamos de acuerdo en que el ciudadano de a pie debe ser muy riguroso en qué firma, qué supone lo que firma y que si no entendemos algo se nos explique y aclare por escrito y en terminos claros.
miércoles, 14 de noviembre de 2012
12 de Noviembre
Horas Extraordinarias:
Se consideran aquellas superiores a 10 horas de trabajo.Implican el cumplimiento del trabajador de tener al menos 12 horas de descanso.Este exceso de 10 horas ha de ser abonado al empleado o bien economicamente con un precio por hora igual o superior si el convenio lo determina al de una hora ordinaria, o bien en dias de descanso que han de ser efectivos en los 4 meses desde la fecha de inicio de esas horas extraordinarias, buscando, claro esta la flexibilidad.
Antes de la Reforma las horas ahora llamadas extraordinarias se denominaban horas complementarias y estas ultimas si podian ser rehusadas por los trabajadores , mientras que las actuales no salvo que el contrato firmado diga lo contrario.El trabajador puede acogerse a la clausula Convenio o Contrato que mas le favorezca.
Son 20 las horas anuales de formacion exigibles por los empleados y acumulables por 3 años.Antes de la reforma no era obligatorio por parte de la empresa pero ahora si.
Al igual que esto ultimo se le obliga a formar a los empleados de las ETTs con un uno por ciento como ejemplo de caso especial de convenios.
Referimos la perdida de memoria por parte del ser humano y de como repetimos y repetimos constantemente nuestros errores casi a todos los niveles.
como decia Einstein hay dos cosas infinitas: El universo y la estupidez humana, y luego comentaba que no estaba totalmente seguro de la primera pero de la segunda si.
Se consideran aquellas superiores a 10 horas de trabajo.Implican el cumplimiento del trabajador de tener al menos 12 horas de descanso.Este exceso de 10 horas ha de ser abonado al empleado o bien economicamente con un precio por hora igual o superior si el convenio lo determina al de una hora ordinaria, o bien en dias de descanso que han de ser efectivos en los 4 meses desde la fecha de inicio de esas horas extraordinarias, buscando, claro esta la flexibilidad.
Antes de la Reforma las horas ahora llamadas extraordinarias se denominaban horas complementarias y estas ultimas si podian ser rehusadas por los trabajadores , mientras que las actuales no salvo que el contrato firmado diga lo contrario.El trabajador puede acogerse a la clausula Convenio o Contrato que mas le favorezca.
Son 20 las horas anuales de formacion exigibles por los empleados y acumulables por 3 años.Antes de la reforma no era obligatorio por parte de la empresa pero ahora si.
Al igual que esto ultimo se le obliga a formar a los empleados de las ETTs con un uno por ciento como ejemplo de caso especial de convenios.
Referimos la perdida de memoria por parte del ser humano y de como repetimos y repetimos constantemente nuestros errores casi a todos los niveles.
como decia Einstein hay dos cosas infinitas: El universo y la estupidez humana, y luego comentaba que no estaba totalmente seguro de la primera pero de la segunda si.
8 de Noviembre
Jornada de Trabajo (segundo dia).
Esta estipulada en 40 horas en cómputo anual ( de media ).En cuanto a la Empresa el 10% de estas horas pueden ser alteradas con un aviso al empleado previo de cinco dias hábiles (todo esto si el convenio colectivo no dice lo contrario).
Entre el final de una jornada de trabajo y el comienzo de la siguiente debe de haber un plazo minimo de 12 horas de descanso ( con excepcion de aquellos empleados que tengan jornadas especiales de trabajo ( médicos,empleados sanitarios, personal de restauracion,...).
El número diario de horas no puede exceder de 10 horas de las denominadas "normales" salvo que el convenio diga lo contrario.
Si la jornada supera las 6 horas diarias habrá un descanso mínimo de 15 minutos ( no remunerados salvo que el convenio diga lo contrario), y ese periodo debera estar previamente acordado.
Aun asi el Gobierno (Ministerio de Trabajo) tendrá capacidad de consulta y ejecución para jornadas de trabajo. Tambien se establecen acuerdos llamados "de conciliación" entre vida laboral-vida familiar.
Finalmente se hace balance de los Sindicatos y de su labor.En cuanto a los Convenios los propios empleados pueden a traves de su comité de emporesa un ERE si se demuestran pérdidas en un periodo de tiempo determinado o se demuestra que una subempresa o parte de la misma prevee que no va a ir tan bien como debieran.Los sindicatos deberian de financiarse con las aportaciones de sus miembros, no por una cuota determinada como en otros países europeos y entre los compañeros comentamos la demagogia entre quienes se suponen que nos defienden o los que viven maravillosamente gracias a defendernos sin hacerlo.
Un ERE (temporal) no suele ser superior,normalmente a 6 meses.A veces puede ocurrir que se amplie a 1 año pero con un contrato que no sea de jornada completa.
Esta estipulada en 40 horas en cómputo anual ( de media ).En cuanto a la Empresa el 10% de estas horas pueden ser alteradas con un aviso al empleado previo de cinco dias hábiles (todo esto si el convenio colectivo no dice lo contrario).
Entre el final de una jornada de trabajo y el comienzo de la siguiente debe de haber un plazo minimo de 12 horas de descanso ( con excepcion de aquellos empleados que tengan jornadas especiales de trabajo ( médicos,empleados sanitarios, personal de restauracion,...).
El número diario de horas no puede exceder de 10 horas de las denominadas "normales" salvo que el convenio diga lo contrario.
Si la jornada supera las 6 horas diarias habrá un descanso mínimo de 15 minutos ( no remunerados salvo que el convenio diga lo contrario), y ese periodo debera estar previamente acordado.
Aun asi el Gobierno (Ministerio de Trabajo) tendrá capacidad de consulta y ejecución para jornadas de trabajo. Tambien se establecen acuerdos llamados "de conciliación" entre vida laboral-vida familiar.
Finalmente se hace balance de los Sindicatos y de su labor.En cuanto a los Convenios los propios empleados pueden a traves de su comité de emporesa un ERE si se demuestran pérdidas en un periodo de tiempo determinado o se demuestra que una subempresa o parte de la misma prevee que no va a ir tan bien como debieran.Los sindicatos deberian de financiarse con las aportaciones de sus miembros, no por una cuota determinada como en otros países europeos y entre los compañeros comentamos la demagogia entre quienes se suponen que nos defienden o los que viven maravillosamente gracias a defendernos sin hacerlo.
Un ERE (temporal) no suele ser superior,normalmente a 6 meses.A veces puede ocurrir que se amplie a 1 año pero con un contrato que no sea de jornada completa.
5 de Noviembre
En este dia continuamos abarcando el tema del contrato de trabajo en el que se aconseja que haya una clasificacion de la propia empresa en sus sucursales y hacer que estas sean independientemente competitivas.
Ejemplos como INDITEX y sus subempresas y su caso como el cierre de sus sucursal en Paris , esplican que sea empresa en la que reflejarse.
Hay que diferenciar entre la marca la efectividad de la empresa/s que configuran la marca.
La Gestion de una buena idea ha de ser gestionada mas por profesionales que por los mismos idealistas.En ocasiones estos grandes genios han destrozado su idea por su mala gestion o por ceder esta a malos profesionales.
"Se buscará facilitar la relación Trabajo-Vínculo Familiar-Nuevas Tecnologías-Trabajo en casa."
Ejemplos como INDITEX y sus subempresas y su caso como el cierre de sus sucursal en Paris , esplican que sea empresa en la que reflejarse.
Hay que diferenciar entre la marca la efectividad de la empresa/s que configuran la marca.
La Gestion de una buena idea ha de ser gestionada mas por profesionales que por los mismos idealistas.En ocasiones estos grandes genios han destrozado su idea por su mala gestion o por ceder esta a malos profesionales.
"Se buscará facilitar la relación Trabajo-Vínculo Familiar-Nuevas Tecnologías-Trabajo en casa."
viernes, 2 de noviembre de 2012
29 de octubre
29 de Octubre
En esta clase se nos distribuyen nuestros trabajos a presentar en las próximas semanas y son dos las notas que considero mas importantes por resaltar en mi opinion:
Lo primero consiste en darnos cuenta que para salir de la crisis son basicas para toda persona al margen del trabajo lo ya inscrito en el Real Decreto 676/1993 recogida en las claúsulas de los principios en la Formación Profesional que son:
1º Conocimiento. (=Formacion)
2º Actitud.
3º Destreza.
4º Habilidades (cognitivas)
Estas cuatro elementos son necesarios para toda persona.Querer saber ,tener ganas e ilusion , aprovechar la destrezas y habilidades propias o aprendidas son basicas para poder salir adelante, pero yo en mi humilde opinion añadiria una mas:
No perder nunca la Ilusion y dejar atras el desanimo y el verlo todo oscuro...todo ello conduce a depresion, a la vagueza y por tanto al desastre.Nadie por mucho que queramos va a ayudarnos.Tenemos nosotros mismos que buscar la forma de afrontar esta crisis con buenas ideas , con iniciativa y sobretodo no dejandonos arrastrar por esta marea de desanimo y penalidades que todos tenemos en nuestras propias casas y caminar adelante.
La segunda parte fue un debate originado al mencionar a figuras como Amancio Ortega ( Propietario de INDITEX ) quien, sin conocimentos universitarios ha forjado una empresa conocida mundialmente teniendo como armas la lógica, la astucia en ciertos momentos, aprender de sus errores pero principalmente la creatividad.
Fue entonces cuando se le vinculó , no solo a él sino a otros empresarios de lucrarse a costa de la explotacion de niños y adultos en paises denominados subdesarrollados o con una ley mas permisiva a nivel laboral dando lugar a un debate sobre la Relatividad de ser explotador/explotado o no segun en que pais se viva, si es mejor que un menor entre en este circulo por un salario misero para nosotros pero no en relacion a lo que se gana en su pais, o que muera de inanicion y no trabaje.
En mi opinion todo Sistema Economico posee ventajas e inconvenientes y todos(incluido yo) nos confundimos el capitalismo con un sistema justo.Ningun Sistema lo ofrece todo, el que no te limita tu libertad, te hace vivir en la pobreza o quizas el peor..aquel en el que ocurre todo esto a la vez.Probablemente el problema sea el propio genero humano.
En esta clase se nos distribuyen nuestros trabajos a presentar en las próximas semanas y son dos las notas que considero mas importantes por resaltar en mi opinion:
Lo primero consiste en darnos cuenta que para salir de la crisis son basicas para toda persona al margen del trabajo lo ya inscrito en el Real Decreto 676/1993 recogida en las claúsulas de los principios en la Formación Profesional que son:
1º Conocimiento. (=Formacion)
2º Actitud.
3º Destreza.
4º Habilidades (cognitivas)
Estas cuatro elementos son necesarios para toda persona.Querer saber ,tener ganas e ilusion , aprovechar la destrezas y habilidades propias o aprendidas son basicas para poder salir adelante, pero yo en mi humilde opinion añadiria una mas:
No perder nunca la Ilusion y dejar atras el desanimo y el verlo todo oscuro...todo ello conduce a depresion, a la vagueza y por tanto al desastre.Nadie por mucho que queramos va a ayudarnos.Tenemos nosotros mismos que buscar la forma de afrontar esta crisis con buenas ideas , con iniciativa y sobretodo no dejandonos arrastrar por esta marea de desanimo y penalidades que todos tenemos en nuestras propias casas y caminar adelante.
La segunda parte fue un debate originado al mencionar a figuras como Amancio Ortega ( Propietario de INDITEX ) quien, sin conocimentos universitarios ha forjado una empresa conocida mundialmente teniendo como armas la lógica, la astucia en ciertos momentos, aprender de sus errores pero principalmente la creatividad.
Fue entonces cuando se le vinculó , no solo a él sino a otros empresarios de lucrarse a costa de la explotacion de niños y adultos en paises denominados subdesarrollados o con una ley mas permisiva a nivel laboral dando lugar a un debate sobre la Relatividad de ser explotador/explotado o no segun en que pais se viva, si es mejor que un menor entre en este circulo por un salario misero para nosotros pero no en relacion a lo que se gana en su pais, o que muera de inanicion y no trabaje.
En mi opinion todo Sistema Economico posee ventajas e inconvenientes y todos(incluido yo) nos confundimos el capitalismo con un sistema justo.Ningun Sistema lo ofrece todo, el que no te limita tu libertad, te hace vivir en la pobreza o quizas el peor..aquel en el que ocurre todo esto a la vez.Probablemente el problema sea el propio genero humano.
25 de Octubre
25 de Octubre
En esta clase volvemos a recalcar lo visto en clases anteriores esto es, que el Convenio Colectivo es el fundamental, típico y exclusvo del Derecho Laboral.
Distinguimos dos tipos a modo de resumen en ámbito de contratos de trabajo:
Contratos Temporales , que son contratos de duración determinada segun marca la ley.Contratos por Tiempo Indefinido, que son los conocidos comunmente como los "fijos". El Contrato Indefinido Discontinuo es el que la ley considera como contrato por Fijo.
Quizas,en mi opinion, una de las momentos más importantes en esta charla/clase ha sido la importancia para el trabajador de conocer su convenio colectivo porque es en el donde vienen recogidos sus derechos,sus deberes y sus obligaciones y plazos para poder hacer las gestiones que necesitara.Incluso ante dudas,lo ideal es acudir a los sindicatos para que ellos le informen.Por tanto para todo trabajador la experiencia, la formacion y la humildad son pilares fundamentales en su jornada laboral y conocer su convenio es mas un deber que una opcion.
Continuamos la clase con La Jornada De Trabajo que viene establecida por regulacion como el ejercicio en su puesto de trabajo durante 40 horas semanales en computo anual.Esto no quiere decir que sean ,como todo el mundo suele pensar, en 8 horas semanales.En realidad, lo único regulado (salvo preacuerdo) es de un máximo de 9 horas diarias. Ante excepciones, existe lo que se denomina una Distribución Irregular de la Jornada de Trabajo, y ese exceso ha de ser remunerado o bien economicamente o bien en dias de vacaciones.
Esta distribucion irregular de trabajo no ha de ser entendida como Horas Extraordinarias,aunque su remuneracion sea como minimo igual al de las horas exraordinarias ( referido en el trabajo efectivo del Articulo 34).
Aun asi concluimos que si no hay acuerdo en el covenio colectivo la empresa se queda con el derecho de distribuir a su gusto al menos el 10% como máximo del volumen anual.
En mi opinion, si que estoy de acuerdo en la necesidad de conocer nuestro convenio colectivo porque es en definitiva el que nos informa y en ocasiones puede ampararnos frente a posibles abusos.Sin embargo mi experiencia me ha demostrado que la empresa es la que maneja las riendas y aun mas en momentos como el actual.
Las obligaciones y responsabilidades de todo trabajador al margen de su propio trabajo condicionan inequivocamente sus decisiones incluso a nivel laboral.Esto siempre ha sido asi pero quizas en estos momentos aun mas y los empresarios lo aprovechan al margen de sus obligaciones para salir adelante y prosperar.
Siempre se ha reconocido que en epocas florecientes economicamente el trabajador tenia mas capacidad y poder y al contrario en economias desfavorables como la actual.Quizas si todos buscaramos un termino aceptable ( y digo aceptable y no "justo"), podriamos salir de este gran bache que vivimos y en ese sentido el cumplimiento real del convenio colectivo (entre otras medidas) seria lo que en realidad es : Una herramienta de trabajo mas que todos los trabajadores deberiamos llevar encima.
En esta clase volvemos a recalcar lo visto en clases anteriores esto es, que el Convenio Colectivo es el fundamental, típico y exclusvo del Derecho Laboral.
Distinguimos dos tipos a modo de resumen en ámbito de contratos de trabajo:
Contratos Temporales , que son contratos de duración determinada segun marca la ley.Contratos por Tiempo Indefinido, que son los conocidos comunmente como los "fijos". El Contrato Indefinido Discontinuo es el que la ley considera como contrato por Fijo.
Quizas,en mi opinion, una de las momentos más importantes en esta charla/clase ha sido la importancia para el trabajador de conocer su convenio colectivo porque es en el donde vienen recogidos sus derechos,sus deberes y sus obligaciones y plazos para poder hacer las gestiones que necesitara.Incluso ante dudas,lo ideal es acudir a los sindicatos para que ellos le informen.Por tanto para todo trabajador la experiencia, la formacion y la humildad son pilares fundamentales en su jornada laboral y conocer su convenio es mas un deber que una opcion.
Continuamos la clase con La Jornada De Trabajo que viene establecida por regulacion como el ejercicio en su puesto de trabajo durante 40 horas semanales en computo anual.Esto no quiere decir que sean ,como todo el mundo suele pensar, en 8 horas semanales.En realidad, lo único regulado (salvo preacuerdo) es de un máximo de 9 horas diarias. Ante excepciones, existe lo que se denomina una Distribución Irregular de la Jornada de Trabajo, y ese exceso ha de ser remunerado o bien economicamente o bien en dias de vacaciones.
Esta distribucion irregular de trabajo no ha de ser entendida como Horas Extraordinarias,aunque su remuneracion sea como minimo igual al de las horas exraordinarias ( referido en el trabajo efectivo del Articulo 34).
Aun asi concluimos que si no hay acuerdo en el covenio colectivo la empresa se queda con el derecho de distribuir a su gusto al menos el 10% como máximo del volumen anual.
En mi opinion, si que estoy de acuerdo en la necesidad de conocer nuestro convenio colectivo porque es en definitiva el que nos informa y en ocasiones puede ampararnos frente a posibles abusos.Sin embargo mi experiencia me ha demostrado que la empresa es la que maneja las riendas y aun mas en momentos como el actual.
Las obligaciones y responsabilidades de todo trabajador al margen de su propio trabajo condicionan inequivocamente sus decisiones incluso a nivel laboral.Esto siempre ha sido asi pero quizas en estos momentos aun mas y los empresarios lo aprovechan al margen de sus obligaciones para salir adelante y prosperar.
Siempre se ha reconocido que en epocas florecientes economicamente el trabajador tenia mas capacidad y poder y al contrario en economias desfavorables como la actual.Quizas si todos buscaramos un termino aceptable ( y digo aceptable y no "justo"), podriamos salir de este gran bache que vivimos y en ese sentido el cumplimiento real del convenio colectivo (entre otras medidas) seria lo que en realidad es : Una herramienta de trabajo mas que todos los trabajadores deberiamos llevar encima.
22 de octubre
En esta clase, resaltamos la importancia de lo que denominamos relacion contractual, que es aquella relacion de trabajo donde empleado y empresa constituyen un contrato en la que el empleado ofrece mano de obra a cambio de un salario y la empresa le aporta dicho salario por la ya mencionada mano de obra.
Para ello es importante y necesario que el ciudadano este dado de alta en la Seguridad Social con bastante anterioridad a la fecha del contrato en sí.
Se considera no legal aquellos contratos parciales a jornada no indefinida y tambien se hace mucho incapié en la obligatoriedad de un recibo para el trabajador en concepto del salario percibido por su trabajo.
Considerando la situacion economica actual con la precariedad existente en la contratatacion , el alto nivel de paro y en general la crisis que padecemos la labor que años atras relizaron figuras como la de Javier Arenas en cuanto a las mejoras que en su mandato como ministro se realizaron en cuanto a derechos y deberes en contratos y en cuanto a la nueva reglamentacion de los mismos
Para ello es importante y necesario que el ciudadano este dado de alta en la Seguridad Social con bastante anterioridad a la fecha del contrato en sí.
Se considera no legal aquellos contratos parciales a jornada no indefinida y tambien se hace mucho incapié en la obligatoriedad de un recibo para el trabajador en concepto del salario percibido por su trabajo.
Considerando la situacion economica actual con la precariedad existente en la contratatacion , el alto nivel de paro y en general la crisis que padecemos la labor que años atras relizaron figuras como la de Javier Arenas en cuanto a las mejoras que en su mandato como ministro se realizaron en cuanto a derechos y deberes en contratos y en cuanto a la nueva reglamentacion de los mismos
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